Archivo para octubre 1, 2008
Sin hidroelectricidad, sin excepciones
Nombre de fantasía del proyecto
Impide la instalación de centrales hidroeléctricas
Bestias
7 diputados: Sergio Aguiló, René Alinco, Marco Enríquez-Ominami, Alvaro escobar, Ramón Farías, Guido Girardi Briere, Pablo Lorenzini
Descripción del proyecto:
Tal como su título lo dice, el proyecto impide la instalación de centrales hidroeléctricas en el país, sin excepciones de tamaño, tipo o grado de impacto ambiental
Usted puede ver el original
En el boletín 5503-12 del Sistema de Información Lesgislativo del Congreso de la República de Chile.
Algunas consecuencias
Ok, lo admito, el carácter bestial de este proyecto no será claro para todos. Al fin y al cabo, es verdad que las centrales hidroeléctricas intervienen cuencas que todos preferiríamos mantener intactas. Les confieso que yo mismo pagaría lo que sea por tener la oportunidad de bajar remando el Bío bío como era antes de las centrales Ralco y Pangue. Sin embargo, prohibirlas de cuajo, para todos los casos, es una completa bestialidad. Uno podría pensar en establecer mayores restricciones o diseñar un manejo integrado de cuencas, pero ni siquiera permitir microcentrales de pasada subterráneas es brutal. Así, entre otras consecuencias:
- Dado que la hidroeléctrica es la alternativa energética más barata de Chile, esta prohibición nos obligaría a implementar medios más caros, aumentando las cuentas de electricidad, aumentando la pobreza y disminuyendo la competitividad del país.
- Es posible que en el futuro el escenario cambie (esperamos que así sea), pero, cuando fue presentado este proyecto (noviembre de 2007) la única alternativa a la hidroelectricidad que veía la industria eléctrica para generar a gran escala era el carbón. Uno podría decir “pero si la geotermia, energía eólica, mareomotriz, solar y biomasa son alternativas válidas”. Sin embargo, es un hecho irrefutable que, más allá de las intenciones de las bestias que redactaron el proyecto y de los méritos propios de las energías renovables no convencionales, la consecuencia natural habría sido reemplazar la hidroelectricidad por carbón, porque el proyecto no cambia los incentivos para los inversionistas, sino que sólo prohíbe una de las alternativas. Paradojalmente, el proyecto señala en su mensaje que el “cambio climático (…) es la primera prioridad”, aparentemente sin reconocer que sus consecuencias directas serían la de elevar enormemente las emisiones de gases de efecto invernadero al prohibir la más madura y competitiva de las fuentes renovables.
- Dado que el proyecto no establece restricciones ningún tipo, se prohibiría que quienes poseen pequeñas caídas de agua en sus predios instalen microcentrales en ellos. Así, se verían obligados a ver pasar el agua frente a ellos y pagar en cambio todo el sistema de transmisión y distribución eléctrica (de claro impacto ambiental) o, cuando se trata de lugares aislados alejados de las líneas de distribución, a disponer de un generador a petróleo, con las consiguientes emisiones atmosféricas.
Texto completo de la bestialidad legislativa
Art. Único. Agréguese el siguiente artículo 21 bis nuevo, en la ley N° 19.300 sobre bases generales del medio ambiente:
Art. 21 bis. “Sin perjuicio de lo dispuesto en las normas anteriores, los organismos competentes no podrán otorgar permisos o autorizaciones a proyectos de centrales generadoras de energía que mediante la instalación de obras hidráulicas permanentes, que alteren cualquier cuerpo o curso natural de aguas o cuencas hidrográficas ubicadas en zonas de valor ecológico, cultural, turístico y que impliquen impacto ambiental.
Cualquier acto dictado en contravención a este artículo es nulo y de ningún valor y generara las responsabilidades que determine la ley.”

