Archivo para octubre, 2008

Arriesgando la vida a 30 k/h

Nombre de fantasía del proyecto: Sanciona como delito al conductor temerario que conduce a exceso de velocidad y a los que realizan competencias ilegales, estableciendo además, una multa en contra del dueño del vehículo en que se comete la infracción, equivalente al 50 % del valor de la tasación fiscal.

Maria Antonieta Saa

Maria Antonieta Saa

Ramón Farias

Ramón Farías

Bestias: Guillermo Ceroni, Ramón Farías, Guido Girardi Briere, Patricio Hales, Enrique Jaramillo, Antonio Leal, Adriana Muñoz, Jaime Quintana, María Antonieta Saa, Laura Soto.

Descripción del proyecto: Multa con 50% de la tasación fiscal del vehículo y la caducidad de por vida de la licencia a quienes sobrepasen en un 50% el límite máximo de velocidad.

Usted puede ver original: En el boletín 5075-12 del Sistema de Información Lesgislativo del Senado de la República de Chile.

Algunas consecuencias: Es verdad que las carreras clandestinas (tal como se fundamenta en la moción) son sumamente peligrosas y sus autores deben ser severamente castigados. Tal vez incluso el 50% del valor del auto puede ser pertinente. Sin embargo, la manera en que esta bestialidad legislativa resuelve el problema es completamente absurda. El texto no

¡Uy, no arriesgues tu vida a 30 k/h!

¡Uy, no arriesgues tu vida a 30 k/h!

permite distinguir entre los osados que hacen carreras clandestinas a más de 200 k/h y quienes alcanzan los 60 k/h en una zona de 40. ¿Sabía usted que el límite de velocidad por defecto en las zonas urbanas es 50 k/h? Aplicar el proyecto tal como está escrito implicaría, por ejemplo, que quien alcanza los 75 k/h un domingo en la mañana en Avenida Santa María a bordo de un Toyota Yaris tendría que pagar una multa de 3 millones de pesos y ¡no podría manejar nunca más en toda su vida!. Podemos acordar que 75 k/h es demasiado para Avenida Santa María (pese a que hoy casi nadie respete ese límite) y podemos resolver acabar con la manga ancha tácita que hoy existe y comenzar a sancionar, pero ¡3 millones de pesos y una suspensión de por vida! ¡Y esto suponiendo que sí habrá manga ancha para quienes transiten a 30 k/h en zonas de 20 k/h! (cerca de las escuelas, por ejemplo). ¿No habría sido sensato disponer multas progresivamente mayores para quienes superen ciertos umbrales de velocidad bien definidos?

Texto completo de la bestialidad legislativa Artículo único: incorpórense las siguientes letras G) y H) al artículo 196 B de la ley N° 18.290, intercalándose el inciso que se expresa a continuación de la letra H): “H) Sobrepase en un 50% el limite máximo de velocidad con que se permite conducir G) Realice competencias de velocidad con otros vehículos, aún sin sobrepasar el limite máximo de velocidad. En los casos previstos en las letras H) y G) se aplicará al dueño del vehículo en que se cometa la infracción una multa equivalente al 50% del valor de tasación fiscal del vehículo y al conductor infractor la caducidad perpetua de la licencia de conductor.

octubre 6, 2008 at 12:31 am 2 comentarios

Leguleyisando el periodismo

Nombre de fantasía del proyecto: Obliga a impartir al menos un semestre de “Ciencia y Tecnología”, en escuelas de periodismo

Gonzalo Duarte

Gonzalo Duarte

Jorge Ulloa

Jorge Ulloa

Bestias: Pedro Alvarez-Salamanca, Gonzalo Duarte, Marco Enríquez-Ominami, Maximiano Errazuriz, Jorge Ulloa, Patricio Vallespín.

Descripción del proyecto: El título lo dice todo. Comprende un artículo único que sólo establece la obligación de impartir al menos un semestre de la cátedra Ciencia y Tecnología en las universidades autónomas.

Usted puede ver original: En el boletín 6021-19 del Sistema de Información Lesgislativo del Senado de la República de Chile.

¿Puede una ley resolver el tema?: Nos podemos imaginar perfectamente el origen de este proyecto. Los legisladores están en frecuente contacto con periodistas, muchos de los cuales carecen de una base científica mínima para hablar de ciencia y tecnología. “¡impongámoslo por ley entonces!”. Todos quisiéramos que nuestros periodistas fueran unos eruditos en las materias en las cuales trabajan, pues de esa manera mejoraría la calidad de la información entregada, pero es ridículo suponer que imponiendo por ley un semestre de la materia en las universidades esto puede mejorar. No sólo viola el principio de la libertad de

enseñanza, sino que además su efecto sería nulo. Imagínense un director de carrera a quien le obligan legalmente a dictar el ramo, para lo cual debe reordenar su malla y contratar un profesor experto. Dado que él considera que dicho ramo NO debe ser dictado (pues de otra manera lo habría incluido por iniciativa propia) se ahorrará el trabajo y el dinero de contratar a un nuevo profesor y nombrará como Ciencia y Tecnología cualquier ramo ya existente mínimamente relacionado con el tema (dactilografía, por ejemplo), simplemente para cumplir y ahorrarse problemas. Más aún, la carrera de periodismo está orientada a las comunicaciones, sin profundizar en ningún tema sectorial ¿Por qué entonces se busca imponer ciencia y tecnología en particular? En ese caso ¿No debiéramos imponer también semestres de economía, medicina, derecho y ciencias políticas, todas disciplinas sobre las cuales los medios se refieren con frecuencia? No, porque no es el objetivo de la carrera. Los propios periodistas se especializan a medida que avanzan profesionalmente, pero es ridículo imponerles sin distinción temas sectoriales en el pregrado.

Texto completo de la bestialidad legislativa:

ARTÍCULO ÚNICO: Toda escuela de Periodismo perteneciente a una universidad autónoma, deberá impartir al menos un semestre de la cátedra CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

octubre 2, 2008 at 9:22 pm 1 Comentario

Sin hidroelectricidad, sin excepciones

Nombre de fantasía del proyecto

Impide la instalación de centrales hidroeléctricas

Bestias

7 diputados: Sergio Aguiló, René Alinco,  Marco Enríquez-Ominami, Alvaro escobar, Ramón Farías, Guido Girardi Briere, Pablo Lorenzini

Marco Enriquez y Alvaro Escobar, algunas de las bestias

Marco Enríquez y Alvaro Escobar, algunas de las bestias

Descripción del proyecto:

Tal como su título lo dice, el proyecto impide la instalación de centrales hidroeléctricas en el país, sin excepciones de tamaño, tipo o grado de impacto ambiental

Usted puede ver el original

En el boletín 5503-12 del Sistema de Información Lesgislativo del Congreso de la República de Chile.

Algunas consecuencias

Ok, lo admito, el carácter bestial de este proyecto no será claro para todos. Al fin y al cabo, es verdad que las centrales hidroeléctricas intervienen cuencas que todos preferiríamos mantener intactas. Les confieso que yo mismo pagaría lo que sea por tener la oportunidad de bajar remando el Bío bío como era antes de las centrales Ralco y Pangue. Sin embargo, prohibirlas de cuajo, para todos los casos, es una completa bestialidad. Uno podría pensar en establecer mayores restricciones o diseñar un manejo integrado de cuencas, pero ni siquiera permitir microcentrales de pasada subterráneas es brutal. Así, entre otras consecuencias:

A falta de hidroeléctricas, buenas son las termoeléctricas

A falta de hidroeléctricas, buenas son las termoeléctricas

- Dado que la hidroeléctrica es la alternativa energética más barata de Chile, esta prohibición nos obligaría a implementar medios más caros, aumentando las cuentas de electricidad, aumentando la pobreza y disminuyendo la competitividad del país.

- Es posible que en el futuro el escenario cambie (esperamos que así sea), pero, cuando fue presentado este proyecto (noviembre de 2007) la única alternativa a la hidroelectricidad que veía la industria eléctrica para generar a gran escala era el carbón. Uno podría decir “pero si la geotermia, energía eólica, mareomotriz, solar y biomasa son alternativas válidas”. Sin embargo, es un hecho irrefutable que, más allá de las intenciones de las bestias que redactaron el proyecto y de los méritos propios de las energías renovables no convencionales, la consecuencia natural habría sido reemplazar la hidroelectricidad por carbón, porque el proyecto no cambia los incentivos para los inversionistas, sino que sólo prohíbe una de las alternativas. Paradojalmente, el proyecto señala en su mensaje que  el “cambio climático (…) es la primera prioridad”, aparentemente sin reconocer que sus consecuencias directas serían la de elevar enormemente las emisiones de gases de efecto invernadero al prohibir la más madura y competitiva de las fuentes renovables.

- Dado que el proyecto no establece restricciones ningún tipo, se prohibiría que quienes poseen pequeñas caídas de agua en sus predios instalen microcentrales en ellos. Así, se verían obligados a ver pasar el agua frente a ellos y pagar en cambio todo el sistema de transmisión y distribución eléctrica (de claro impacto ambiental) o, cuando se trata de lugares aislados alejados de las líneas de distribución, a disponer de un generador a petróleo, con las consiguientes emisiones atmosféricas.

Texto completo de la bestialidad legislativa

Art. Único.  Agréguese el siguiente artículo 21 bis nuevo, en la ley N° 19.300 sobre bases generales del medio ambiente:

Art. 21 bis.  “Sin perjuicio de lo dispuesto en las normas anteriores, los organismos competentes no podrán otorgar permisos o autorizaciones a proyectos de centrales generadoras de energía que mediante la instalación de obras hidráulicas permanentes, que alteren cualquier cuerpo o curso natural de aguas o cuencas hidrográficas ubicadas en zonas de valor ecológico, cultural, turístico y que impliquen impacto ambiental.

Cualquier acto dictado en contravención a este artículo es nulo y de ningún valor y generara las responsabilidades que determine la ley.”

octubre 1, 2008 at 1:47 am 2 comentarios


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